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CDMX extiende hasta diciembre el plazo de registro para anfitriones de estancias turísticas eventuales

El gobierno capitalino amplía el periodo de inscripción al padrón oficial para propietarios que ofrecen hospedaje temporal a través de plataformas digitales, ante la alta demanda de solicitudes y casos particulares.

CDMX extiende hasta diciembre el plazo de registro para anfitriones de estancias turísticas eventuales

El Gobierno de la Ciudad de México extendió hasta diciembre el plazo para que las personas anfitrionas que actualmente ofrecen el servicio de Estancia Turística Eventual incorporen sus inmuebles al padrón oficial. La decisión responde a la alta afluencia de solicitudes y a la necesidad de dar atención adecuada a los casos particulares presentados por los propietarios.

El trámite de registro permanece disponible las 24 horas a través del portal digital estanciaeventual.cdmx.gob.mx. El proceso es gratuito y requiere únicamente la Llave CDMX como herramienta de autenticación digital. Las empresas de hospedaje digital están ajustando sus aplicaciones para incluir los folios correspondientes.

El gobierno capitalino informó que el registro es un proceso permanente que continuará abierto para quienes aún no ofrecen el servicio y buscan incorporar sus propiedades bajo esta modalidad. El registro tiene una vigencia de dos años y debe renovarse 30 días antes de su vencimiento.

Marco regulatorio

Esta regulación se enmarca en la reforma a la Ley de Turismo de la Ciudad de México publicada el 4 de abril de 2024 en la Gaceta Oficial de la CDMX. La iniciativa surgió en respuesta a preocupaciones ciudadanas sobre gentrificación y encarecimiento de la vivienda presentadas en 2023 por organizaciones sociales que solicitaron al gobierno capitalino establecer límites a estas plataformas de hospedaje.

En octubre de 2024 se introdujeron modificaciones adicionales que establecieron una limitación de ocupación máxima del 50% anual para inmuebles registrados en el Padrón de Anfitriones, ya sea de forma consecutiva o no consecutiva.

Requisitos según número de propiedades

Los propietarios que ofrezcan más de tres inmuebles como Estancia Turística Eventual deberán cumplir con requisitos adicionales, incluyendo uso de suelo mercantil y licencia de funcionamiento conforme a la Ley de Establecimientos Mercantiles.

Los anfitriones que operan sin registro o incumplen las regulaciones pueden enfrentar multas de 2,714.25 a 10,857.00 pesos, suspensión de actividades hasta por 15 días, y cancelación del registro.

Contexto del sector

El turismo representa el 9.1% del PIB de la Ciudad de México. Durante el primer bimestre de 2024, 3.4 millones de visitantes se hospedaron en inmuebles operados a través de plataformas digitales o en casas de familiares y amigos en la capital.

Los anfitriones que requieran orientación sobre el proceso de registro pueden contactar a la Secretaría de Turismo capitalina a través de los correos [email protected] y [email protected], o comunicarse al teléfono 55 5286 9077, extensiones 2703 y 2704.

CDMX
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